- Informar con carácter preceptivo los proyectos de ley relacionados con la política económica y social, con la excepción de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
- Informar con carácter preceptivo los proyectos de decreto relacionados con la política económica y social que tengan especial trascendencia a juicio del Gobierno.
- Formular propuestas al Gobierno sobre las materias de su competencia.
- Elaborar dictámenes, resoluciones o informes, por propia iniciativa o a petición del Gobierno, en las áreas a que se refieren los apartados anteriores.
- Responder las consultas que realice el Parlamento.
- Participar en la planificación de la actividad económica del sector público de la Comunidad Autónoma que elabore el Gobierno.
- Elaborar y elevar al Gobierno y al Parlamento Vasco anualmente una memoria en la que se expongan sus consideraciones sobre la situación económica y social de la CAPV.
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